Noviembre 06 de 2007
Boletin No. 076   
 

INFORMACION EN MEDIOS MAGNETICOS AÑO GRAVABLE 2007


 


A continuación ponemos a su disposición las Resoluciones sobre la información en medios magnéticos correspondiente al año gravable 2007, que deben presentar las personas naturales, jurídicas, entidades contribuyentes y no contribuyentes, ante la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, advirtiendo que los plazos han sido adelantados de manera considerable. Las Resoluciones se pueden clasificar en:

• RESOLUCION PARA GRUPOS EMPRESARIALES
Señala el contenido y características técnicas de la información tributaria a que se refiere el artículo 631-1 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada por parte de los Grupos Empresariales a más tardar el 30 de junio de 2008.

DIAN, Resolución 12691 del 29 de octubre de 2007



• RESOLUCION PARA PERSONAS NATURALES, JURIDICAS Y ASIMILADAS Y DEMAS ENTIDADES
Establece el grupo de personas naturales, jurídicas y asimiladas, y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refieren los literales a), b), c), d), e), f), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998; se señala el contenido y características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega, los cuales van del 29 de abril al 14 de mayo de 2008.

DIAN - Resolución 12690 del 29 de Octubre de 2007



RESOLUCIÓN PARA PERSONAS QUE ELABOREN FACTURAS O DOCUMENTOS EQUIVALENTES

Por la cual se señalan los formatos y especificaciones técnicas para la presentación de la información tributaria a que se refiere el artículo 629-1 del Estatuto Tributario que debe ser presentada por las personas o entidades que elaboren facturas o documentos equivalentes. Los plazos para la presentación van del 27 al 29 de mayo de 2007 para lo cual se deberá tener en cuenta los últimos dos dígitos del Nit del informante.

DIAN - Resolución 12689 del 29 de Octubre de 2007



• RESOLUCIÓN PARA NOTARIOS
Por la cual se señala el contenido y las características técnicas para la presentación de la información tributaria a que se refiere el artículo 629 del Estatuto Tributario la cual debe ser presentada por los Notarios.
Para la entrega de la información los plazos van del 25 de marzo al 22 de abril de 2008.

DIAN - Resolución 12688 del 29 de Octubre de 2007



• RESOLUCIÓN PARA LA REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
Por la cual se señalan las características técnicas y el contenido de la información tributaria a que se refiere el artículo 627 del Estatuto Tributario que debe ser presentada por la Registraduría Nacional del Estado Civil a más tardar el 1 de marzo de 2008.

DIAN - Resolución 12687 del 29 de Octubre de 2007



• RESOLUCIÓN PARA BOLSAS DE VALORES Y COMISIONISTAS DE BOLSA

Por la cual se señalan el contenido y las características técnicas para la presentación de la información tributaria a que se refieren los artículos 625 y 628 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada por las Bolsas de valores y por los Comisionistas de Bolsa.
Para la entrega de la información los plazos van del 29 de abril al 14 de l de mayo de 2008.

DIAN - Resolución 12686 del 29 de Octubre de 2007



• RESOLUCIÓN PARA LAS CAMARAS DE COMERCIO
Por la cual se señala el contenido y las características técnicas de la información tributaria a que se refiere el artículo 624 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada por las Cámaras de Comercio.
El plazo para la entrega de la información será establecido por el Gobierno Nacional.

DIAN - Resolución 12685 del 29 de Octubre de 2007



• RESOLUCIÓN PARA ALGUNAS ENTIDADES DEL SECTOR FINANCIERO
Por la cual se señala el contenido y las características técnicas de la información tributaria establecida en los artículos 623, 623-1 y 623-2 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada por las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, las Cooperativas de Ahorro y Crédito, los Organismos Cooperativos de Grado Superior, las Instituciones Auxiliares del Cooperativismo, las Cooperativas Multiactivas e Integrales y los Fondos de Empleados que realicen actividades financieras y por los Fondos de Valores, Fondos de Inversión, Fondos Comunes Ordinarios, Fondos Mutuos de Inversión, otros fondos y Fondos de Pensiones.
Para la entrega de la información los plazos van del 25 de marzo al 14 de de mayo de 2008.

DIAN - Resolución 12684 del 29 de Octubre de 2007


 

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