Enero 18 de 2008
Boletin No. 086   
 


PLAZOS PARA LA PRESENTACION Y PAGO DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y AVISOS Y TABLEROS EN EL MUNICIPIO DE CALI

Mediante Resolución el Departamento Administrativo de Hacienda Municipal establece los plazos para la presentación y pago de la Declaración y Liquidación Privada del Impuesto de Industria y Comercio y su Complementario de Avisos y Tableros por el año gravable 2007 vigencia fiscal 2008, así:

 
Ultimo Digito
Declaración y Pago
9 o 0
21 de abril de 2008
7 u 8
22 de abril de 2008
5 o 6
23 de abril de 2008
3 o 4
24 de abril de 2008
1 o 2
25 de abril de 2008

En la norma se reajusta el valor del ICA para las sucursales financieras en 1,75 UVT mensuales, se determinan las personas naturales obligadas a practicar retención en la fuente y se dictan otras disposiciones.

Finalmente advertimos que se deberá hacer un solo pago, eliminándose las tres cuotas que normalmente se venían fijando.

Resolución No. S 043 del 20 de diciembre de 2007

 

PLAZOS PARA PRESENTACION DE INFORMACON FINANCIERA AÑO 2007


Mediante Circular dirigida a Representantes Legales, Revisores Fiscales y Contadores Públicos, la Superintendencia de Sociedades solicita a las sociedades comerciales y empresas unipersonales sometidas a su vigilancia y control, así como a las sociedades comerciales y sucursales de sociedades extranjeras que de manera particular exija, en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el artículo 83 de la Ley 222 de 1995, remitir la información contable y financiera por el año 2007.

En el documento que se adjunta se indica además el procedimiento y programación de fechas para el diligenciamiento del formulario electrónico de registro y actualización de datos, los plazos y medios para el envío de la información, los documentos adicionales que se deben presentar, entre otras disposiciones.

Superintendencia de Sociedades, Circular 100 del 12 de diciembre de 2007

 
 


DEDUCCION EN ACTIVOS FIJOS REALES PRODUCTIVOS NO ES PROCEDENTE CUANDO ESTOS SE DERIVAN DE TRANSACCION ENTRE FILIALES

La deducción por inversión en activos fijos reales productivos solo procede con ocasión de aquellos activos fijos adquiridos que no hayan sido objeto de transacción entre empresas filiales, vinculadas o con la misma composición mayoritaria de capital. Así lo advirtió la DIAN en el siguiente concepto en el que además considera que la intención del legislador fue la de evitar otorgar el beneficio a cualquier operación de adquisición de activos fijos entre estas empresas, que por sus vínculos no reflejan una inversión que realmente implique una ampliación o mejora de la capacidad operativa en los entes económicos y la consecuente generación de empleo y desarrollo económico.

DIAN, Concepto 104063 del 18 de diciembre de 2007

 
 

EXONERACION DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL E ICA PARA AFECTADOS POR ATENTADO TERRORISTA CONTRA EL COMANDO DE POLICIA DE CALI

A través de Acuerdo proferido por el Concejo Municipal de Cali, se concede una exoneración del pago de los impuestos Predial unificado e Industria y Comercio y sus complementarios de Avisos y Tableros a los damnificados del atentado terrorista del 9 de Abril de 2007 contra el Comando de la Policía Metropolitana de Cali.

El beneficio hasta del 100 % del valor del impuesto es por un término de 2 años; en el caso del Impuesto Predial se concede por los años gravables 2008 y 2009 y para el Impuesto de Industria y Comercio por los años gravables 2007 y 2008. La afectación debe ser tal que impida el uso del inmueble para la habitación o ubicación del establecimiento de comercio, según sea el caso.

Acuerdo 210 del Concejo Municipal de Santiago de Cali

 
 

NUEVA OBLIGACION DE REPORTE DE INFORMACION Y ANALISIS FINANCIERO


A partir del mes de mayo de 2008 los depósitos públicos y privados, las sociedades de intermediación aduanera, las sociedades portuarias, los usuarios de zona franca, las empresas transportadoras los agentes de carga internacional y los usuarios aduaneros permanentes y altamente exportadores estarán obligados a reportar directamente a la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero (UIAF) las operaciones sospechosas y las transacciones que en desarrollo del giro ordinario de sus negocios realice el sujeto obligado, y que involucren pagos mediante entrega o recibo de dinero en efectivo por un monto igual o superior a $10.000.000, o su equivalente en otras monedas.

La finalidad de esta disposición es la prevención y detección de operaciones que puedan ser utilizadas como instrumento para el ocultamiento, manejo o aprovechamiento de dinero o bienes provenientes de actividades delictivas.

UIAF, Resolución No. 285 del 19 de diciembre de 2007

 
 

¿Sabia Usted?


... que el nombre científico del borojó es Borojoa Patinoi para honrar la memoria de su descubridor para la ciencia, el etnobiólogo vallecaucano Victor Manuel Patiño?
          
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