Estimados Clientes y amigos,

Nos permitimos aclarar la información contenida en el boletín No. 84 del 2 enero de 2008, con relación a la expedición de la Ley 1175 de 2007 que establece condiciones especiales en materia tributaria, en el sentido que la reducción es del 70% del valor de los intereses de mora causados hasta la fecha del pago efectivo del total de la obligación principal más los intereses de mora y las sanciones actualizadas.

En el boletín en mención se daba a entender que la reducción era del 30% del valor de los intereses de mora causados.

Aprovechamos para invitarles a que se acojan a los beneficios que otorga la Ley y quedar al día con las obligaciones pendientes por los años gravables 2005 y anteriores. Recordemos que la norma rige hasta el 27 de junio de 2008.

Con un cordial saludo,


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