Enero 30 de 2009
Boletin No. 135   

Sabía que la DIAN amplió el grupo de personas que debe suministrar
información en medios magnéticos de 2008?

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REFORMA A LA LEY ESTATUTARIA DE ADMINISTRACION DE JUSTICIA

El Gobierno Nacional reformó la Ley 270 de 1996 sobre administración de justicia.

Entre las novedades que trae la norma está la conciliación judicial y extrajudicial en asuntos que así lo permitan en materia contencioso-administrativa, como requisito de procedibilidad para acciones de nulidad y restablecimiento del derecho, de reparación directa y de controversias contractuales.

Otra modificación es la asignación de nuevos poderes a los jueces, la implementación de plan y medidas de descongestión judicial, la creación de un fondo para la modernización, descongestión y bienestar de la administración de Justicia, entre otros cambios. La vigencia de esta Ley inició el pasado 22 de enero de 2009.

Congreso de la República, Ley No. 1285 de enero 20 de 2009.

 


PAGO PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENTARIO

Recordamos los plazos para el pago de la primera cuota de la declaración de renta por el año gravable 2008 para los grandes contribuyentes.
A partir del 3 de marzo podrá presentarse el respectivo denuncio.

Si su último digito del NIT es

Primera cuota hasta el día

0

9 de febrero

9

10 de febrero

8

11 de febrero

7

12 de febrero

6

13 de febrero

5

16 de febrero

4

17 de febrero

3

18 de febrero

2

19 de febrero

1

20 de febrero



 
 


DIAN MODIFICA LA FORMA EN QUE SE DEBEN PRESENTAR LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS EN FORMA VIRTUAL

La DIAN modificó la Resolución No. 0065 del 6 de enero de 2009 en relación con los contribuyentes seleccionados para presentar declaraciones en forma virtual a través de los servicios informáticos, haciendo uso del mecanismo de firma respaldado con certificado digital emitido por la DIAN.



DIAN, Resolución No. 00638 de enero 22 de 2009


 
 


IMPUESTOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO E INFORMACION EN MEDIOS MAGNETICOS PARA EL MUNICIPIO DE CALI, AÑO GRAVABLE 2008

A continuación informamos los plazos para presentación y pago de la declaración de los impuestos de Industria y Comercio y Avisos y Tableros en el Municipio de Cali.

Si el último dígito del NIT es:

Declaración y pago hasta

9 ó 0

20 de Abril de 2009

7 ú 8

21 de Abril de 2009

5 ó 6

22 de Abril de 2009

3 ó 4

23 de Abril de 2009

1 ó 2

24 de Abril de 2009

Recordemos que por disposición de la Subdirección de Impuestos y Rentas Municipales, en la vigencia 2009 desaparece el sistema de cuotas para el pago del impuesto ICA.

Con relación a la información en medios magnéticos los plazos son los siguientes:

Último digito de Identificación

Fecha límite de entrega

1

Septiembre 07 de 2009

2

Septiembre 08 de 2009

3

Septiembre 09 de 2009

4

Septiembre 10 de 2009

5

Septiembre 11 de 2009

6

Septiembre 14 de 2009

7

Septiembre 15 de 2009

8

Septiembre 16 de 2009

9

Septiembre 17 de 2009

0

Septiembre 18 de 2009


 
 


TRIBUNALES ADMINISTRATIVOS DEL VALLE Y DEL ATLANTICO EMITEN FALLOS QUE DECLARAN ILEGAL LA DELEGACION DEL RECAUDO TRIBUTARIO EN PARTICULARES

Ambos tribunales comparten el criterio que la determinación y fiscalización tributaria son funciones que atañen al fuero exclusivo del Estado y no pueden ser atribuidas a particulares hasta tanto las disposiciones legales en concordancia con las constitucionales, no lo autoricen.

En ambos casos, se decretó la nulidad de los contratos que Cali y Barranquilla y se ordenó su liquidación. Sin embargo dichas providencias aun no gozan de firmeza, hasta tanto el Honorable Consejo de Estado no resuelva los recursos de apelación interpuestos contra las sentencias de primera instancia.

Esta postura también es compartida por el Consejo de Estado, al confirmar sentencia del Tribunal Administrativo del Huila que declaró la nulidad absoluta del contrato de prestación de servicios que delegaba en una firma de asesorías el cobro persuasivo y coactivo de las obligaciones tributarias vencidas a favor del Municipio de Neiva.

 

 

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