Clic en este aviso si su cliente de correo no puede visualizar correctamente el boletin, podrá verlo en linea

   Abril 30 de 2009
Boletin No. 145   

Cali y el Valle, tierras de oportunidad!

 


MUNICIPIO DE PALMIRA AMPLIA PLAZO PARA PRESENTACION DE DECLARACION DE ICA

Los contribuyentes obligados a presentar la declaraci?n de los Impuestos de Industria y Comercio y su complementario de avisos y tableros en el municipio de Palmira por el a?o gravable 2008, vigencia fiscal 2009, podr?n hacerlo a mas tardar el 31 de mayo de 2009, sin que opere sanci?n por extemporaneidad.

Así lo estableció el Ente Municipal mediante Resolución  No. 2110-02-01-33 de abril 23 de 2009; igualmente reglamentó el Estatuto Tributario Municipal a través del Decreto No. 77 de 2009..

 


NUEVO PROCEDIMIENTO PARA REGISTRAR LA DECLARACION ESCRITA SOBRE CONTRATOS DE EXPORTACION DE SERVICIOS

El Ministerio de Comercio estableció un nuevo procedimiento que deben seguir los usuarios exportadores de servicios para registrar la Declaración Escrita sobre Contratos de Exportación de Servicios, a través de la ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

De esta manera quedan derogadas las circulares externas No. 11 de 2006 y 14 y 15 de 2008.

Formato PDF Ministerio de Comercio Industria y Turismo, circular 0012 de Abril 17 de 2009

 
 


DIAN EMITE NUEVAS DISPOSICIONES APLICABLES AL REGIMEN DE IMPORTACION

La Autoridad Fiscal modificó varios artículos de la Resolución 4240 de junio 2 de 2000, que reglamentó el Estatuto Aduanero, referente al Régimen de importación.

Esta nueva disposición vigente a partir de la fecha en que entrará a regir el nuevo proceso de carga de importación, es decir en mayo 1 de 2009, faculta a la DIAN para aplicar la medida cautelar de inmovilización y aseguramiento de la carga, para verificar los documentos que justifiquen las inconsistencias reportadas en los productos o mercancías.

Formato PDF DIAN, Resoluci?n No. 3942 de abril 17 de 2009
Formato WORD DIAN, Resoluci?n No. 3942 de abril 17 de 2009

 
 


ESTABLECEN CONDICIONES PARA QUE INDEPENDIENTES Y TRABAJADORES DE MENORES INGRESOS Y SIN INGRESOS COTICEN UNICAMENTE A SALUD

De acuerdo con Resolución emitida por el Ministerio de Protección Social, para que los trabajadores independientes con ingresos mensuales hasta de un salario mínimo legal mensual vigente y las personas que no perciben ingresos, puedan cotizar únicamente al sistema de salud, deberán inscribirse en el Registro de Independientes de Bajos Ingresos, a través de su EPS.

En adición a lo anterior, los trabajadores independientes deberán ceñirse a las previsiones establecidas por la Ley 1250 de 2008 (sobre monto y distribución de las cotizaciones) y las personas sin ingresos deberá hacer los aportes a través de un tercero.

Formato PDF Ministerio de Protecci?n Social, Resoluci?n No. 990 de abril 2 de 2009
Formato WORD Ministerio de Protecci?n Social, Resoluci?n No. 990 de abril 2 de 2009

 
 


DIAN EMITE INFORME DE LA COMISION NACIONAL MIXTA DE GESTION TRIBUTARIA Y ADUANERA ? 2008

Mediante comunicado la Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales, presentó a la Comisión Mixta los resultados de la gestión institucional y de la lucha contra la evasión y represión del contrabando durante el año 2008.
Del documento en mención divulgado a través de diferentes medios de comunicación, destacamos las siguientes cifras:

  • El recaudo de impuestos nacionales ascendió a 67  billones de pesos, generando un crecimiento del 11.4% frente al 2007.
  • El número de inscritos del impuesto sobre la renta aumentó en un 10.51%
  • 27.705 mercancías fueron aprehendidas durante el año pasado, por un valor de $337.336.000.
  • Las zonas francas llegaron a una inversión cercana a los 9 billones de pesos.
  • Se han adelantado 242.327 acciones de control tributario.

 

Tomado de la Edici?n impresa del 15 de abril de 2009, peri?dico ?El Tiempo?, III Comunicado sobre el Informe de la Comisi?n Nacional Mixta de Gesti?n Tributaria y Aduanera ? 2008.

 

 

              Franco Murgueitio & Asociados Calle 1 # 4 – 38, Cali, Colombia,
(57) 2 - 893 3863, Fax (57) 2 - 893 3935
Email: info@francomurgueitio.com
NUESTRA PAGINA WEB
       
 

Si desea recibir más información sobre nuestras publicaciones se puede comunicar al teléfono 57- 2-8933863 ó al email boletin@francomurgueitio.com