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SEMINARIO FEBRERO 29 DE 2012 |
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SEMINARIO
NUEVO ESTATUTO TRIBUTARIO EN EL MUNICIPIO DE CALI
El Concejo de Cali ha adoptado un nuevo Estatuto Tributario Municipal en su parte sustantiva, régimen sancionatorio y ha facultado al señor Alcalde Municipal para adoptar mediante Decreto y en término perentorio de 60 días calendario el Libro Quinto del Estatuto Tributario Nacional, relacionado con los procedimientos, determinación, discusión y cobro de las obligaciones tributarias.
El Estatuto equivale no solo una compilación de normas regulatorias de los tributos administrados por el Municipio de Cali sino que se constituye en una reforma tributaria que permitirá mayores recaudos a la entidad territorial.
- Conoce las implicaciones, modificaciones y novedades introducidas por el nuevo Estatuto Tributario proferido en diciembre de 2011 por el Concejo de Cali?
- Tiene claro que el Acuerdo entra a catalogar el Impuesto de Industria y Comercio como de vigencia expirada, asimilándolo al impuesto de renta y con ello pretende dilucidar la discusión en torno al periodo fiscal y base gravable? Y que implicaciones trae esto para los estados financieros de 2012?
- Sabe que en materia del impuesto de industria y comercio se elimina la exigencia de comprobación especial de ingresos obtenidos en otras jurisdicciones con la exhibición de certificación de matrícula de Industria y Comercio o copia auténtica de recibos de pago del tributo en otros Municipios? Que pruebas se pueden entrar a aportar ahora en los procesos de fiscalización?
- Que reglas rigen para la liquidación del Impuesto de industria y comercio por el desarrollo de actividades industriales en el municipio de Cali?
- Conoce las bases gravables especiales de ICA que se han adoptado para algunos contribuyentes y las reglas específicas para la causación del impuesto de las empresas de servicios públicos domiciliarios?
- Como se aplicará la figura de la base presuntiva mínima en ICA para las actividades desarrolladas por moteles, residencias y hostales, así como parqueaderos, bares, grilles, discotecas y similares?
- Con la clasificación adoptada en ICA pertenece usted al régimen ordinario o al régimen simplificado? Que consecuencias se derivan de ello?
- Con la adopción de códigos CIIU para la clasificación de las actividades económicas gravadas con el impuesto de industria y comercio se asignan gran cantidad de tarifas a actividades económicas no previstas en la normatividad hasta ahora vigente. El sector económico al cual pertenece se ve afectado con mayor tributación?
- Adquirió su empresa o usted como persona natural la calidad de nuevo agente de retención en ICA?
- Cuales son las nuevas condiciones para ostentar la calidad de agente autorretenedor del impuesto de industria y comercio? Como opera la retención en el caso de servicios públicos domiciliarios?
- Que consecuencias se derivan por la implementación del sistema de retención en la fuente en ICA sobre pagos efectuados con tarjetas de crédito y tarjetas debito?
- Sabe las implicaciones que en el impuesto predial se derivan por los cambios en usos o destinos económicos de las propiedades? Su predio está destinado a usos relacionados con la salud, a usos cívicos o usos recreacionales?
- Tiene claro que con el aumento del límite del impuesto predial a partir del año 2013 el gravamen podrá incrementarse en un 100% respecto del liquidado en el año inmediatamente anterior?
- En cuanto al régimen sancionatorio conoce las modificaciones respecto al incremento de la sanción mínima, la sanción de extemporaneidad, la sanción de aforo y la sanción por inexactitud?
Estos temas, entre otros aspectos que son de vital importancia para comprender las implicaciones, modificaciones y novedades introducidas por el nuevo Estatuto Tributario Municipal, serán analizados en el seminario que Franco Murgueitio & Asociados ha programado y que está orientado a empresarios, gerentes generales, gerentes financieros, administradores, contadores, jefes de impuestos, asesores tributarios, revisores fiscales, auditores, asistentes, auxiliares contables y en general a todas las personas del área administrativa responsables de los impuestos.
TEMARIO
- Impuesto predial unificado.
- Sobretasa ambiental.
- Impuesto de industria y comercio. Incluye sistema general de retenciones y autorretenciones y sistema de retención en la fuente sobre pagos con tarjetas de crédito y tarjetas debito.
- Impuesto de avisos y tableros.
- Impuesto de publicidad exterior visual.
- Impuesto de espectáculos públicos. Incluye sistema de retención en la fuente.
- Impuesto de delineación urbana.
- Impuesto sobre el servicio de alumbrado público.
- Plusvalía.
- Régimen sancionatorio y procedimiento tributario.
CONFERENCISTAS
Socios de Franco Murgueitio & Asociados: Luis Hernando Franco Murgueitio, Santiago Meza Mafla y Brohin Hane Seba Blel.
AGENDA
INVERSION
Clientes permanentes de Franco Murgueitio & Asociados: $ 160.000 más IVA
No Clientes: $ 190.000 más IVA
Incluye material de apoyo, certificado de asistencia y refrigerio.
DURACIÓN, LUGAR, FECHA, y HORA
Duración: 4 horas
Fecha: Miércoles 29 de Febrero de 2012
Lugar: Club Colombia – Av.3ª Norte No. 16N-23
Hora: 8:00 a.m. a 12:00 m.
INFORMES E INSCRIPCIONES
Franco Murgueitio & Asociados. Tel:(2)893 3863. Fax:(2)893 3935
Contacto: Mónica Barrios
comercial@francomurgueitio.com - www.francomurgueitio.com
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