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Marzo 29 de 2010
Boletín No. 007
 
Noticia 1  
 
BANCO MUNDIAL DESCRIBE A COLOMBIA COMO PAÍS REFORMADOR
 
 

El pasado 16 de febrero el Banco Mundial destacó a los gobiernos departamentales y municipales de Colombia por la implementación de grandes reformas durante los dos últimos años que facilitan el desarrollo de nuevos negocios.

El reporte presentado por Doing Business mide la forma en que normas estatales fomentan la actividad de pequeñas y medianas empresas en las principales ciudades del país (Armenia, Barranquilla, Bogotá, Bucaramanga, Cali, Cartagena, Cúcuta, Ibagué, Manizales, Medellín, Montería, Neiva, Pasto, Pereira, Popayán, Riohacha, Santa Marta, Sincelejo, Tunja, Valledupar y Villavicencio), según tiempo y costo requerido para cumplir con los requisitos exigidos.

En cada ciudad se analizaron las regulaciones existentes en seis áreas: apertura de empresa, obtención permisos de construcción, registro de propiedades, pago de impuestos, comercio transfronterizo y cumplimiento de contratos.

Entre las acciones que el Gobierno Nacional ha implementado se destacan: creación de la Sociedad por Acciones Simplificadas –SAS que permite abrir empresa por medio de documento privado sin requerir de notario; expedición de decretos que reducen el número de libros societarios y costo de su registro; Ley de Habeas Data que pone límites al tiempo de publicación de la historia crediticia de los usuarios; gradualidad en pago de parafiscales que genera ahorros de dinero para las empresas jóvenes; y la Ventanilla Única de Registro –VUR que facilita el proceso de transferencia de propiedades al dotar a funcionarios públicos de acceso en línea a información sobre la propiedad y su situación tributaria.

Con este nuevo reconocimiento, Colombia se posiciona como el país más reformador en América Latina brindando mayores oportunidades y facilidades a empresarios nacionales e internacionales en la ejecución de nuevos negocios.

 
     

Formato PDF Informe Doing Business en Colombia 2010 »  

 
AVANZA TRATADO DE LIBRE COMERCIO CON LA UNIÓN EUROPEA
 
 

El pasado primero de marzo concluyó en Bruselas la IX Ronda de Negociaciones entre Unión Europea y Colombia para la firma de un Tratado de Libre Comercio, con lo cual las Partes dieron por finalizadas las conversaciones al lograr acuerdos en temas que se encontraban pendientes de aprobación.

Acceso preferencial a productos elaborados en Zonas Francas; mayor liberalizacin arancelaria a banano y azúcar; permanencia de tributos para el café; y eliminación completa de impuestos para el sector pesquero, fueron algunos de los avances presentados durante la reunión.

En materia de bienes industriales el 65% de las exportaciones colombianas tendrá libre acceso al mercado europeo con productos como manufacturas de cuero, textiles, plásticos y confecciones. Así mismo flores, café, etanol, chocolatería y ron contarán con exención arancelaria total.

Por otra parte el Bloque podrá vender libremente a Colombia lácteos, jamones, licores y vehículos lo que genera entre los ensambladores nacionales gran preocupación debido a la fortaleza de los competidores europeos.

El Acuerdo que será firmado el 18 de mayo en Madrid, deberá afrontar un largo recorrido ante el Parlamento Europeo, procedimiento que puede tardar varios meses en completarse.

 
     
 

Formato PDF Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – Relaciones Bilaterales UE - CAN »

 
Noticia 3  
 
EN VIGENCIA ACUERDO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN CON CHILE
 
     
 

Mediante Decreto 586 de febrero 24 el Ministerio de Relaciones Exteriores promulgó el “Convenio entre Chile y Colombia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal” suscrito en Bogotá el 19 de abril de 2007.

El Acuerdo que otorga beneficios a inversionistas internacionales procederá según las siguientes reglas:

Si un residente de Colombia obtiene rentas o posee elementos patrimoniales que puedan someterse a imposición en Chile, Colombia permitirá:

  1. La deducción del impuesto sobre la renta y sobre el patrimonio del residente por un importe igual al pagado en Chile.
  2. La deducción del impuesto efectivamente pagado por la sociedad que reparte los dividendos.

En Chile, la doble imposición se evitará:

  1. Cuando un residente de Chile obtenga rentas o posea patrimonio que pueda estar sometido a imposición en Colombia, Chile los eximirá de impuestos. Este principio también se aplica a ganancias obtenidas en la enajenación de acciones u otros derechos representativos de capital, siempre que se demuestre que aquellas se encuentran efectivamente sometidas a imposición en Colombia.
  2. Si un residente de Chile obtiene dividendos, intereses o regalías sometidos a imposición en Colombia, Chile otorgará beneficio fiscal de la siguiente manera:

    • Una deducción del impuesto sobre la renta por cantidad igual al gravamen colombiano.
    • Una exoneración parcial de impuestos chilenos que consistirá al menos en deducir el impuesto gravado en Colombia del monto bruto de los dividendos, intereses o regalías.

Las autoridades competentes de los Estados podrán intercambiar información basada en el principio de reciprocidad para aplicar las disposiciones del convenio y de la ley interna concernientes al fraude fiscal. Los datos solo podrán ser divulgados a personas o autoridades encargadas de la gestión, recaudación o administración de los impuestos de renta y del patrimonio, y de procedimientos declarativos y ejecutivos relativos a los mismos.

El Acuerdo vigente desde el pasado 22 de diciembre, busca promover los negocios cruzados entre las Partes y otorgar mayor respaldo a inversionistas extranjeros.

 
     

Formato PDF Ministerio de Relaciones Exteriores, Decreto 586 de febrero 24 de 2010 »  

 
TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE COREA Y COLOMBIA
 
 

El pasado 5 de marzo finalizó en Bogotá la II Ronda de negociaciones entre los Gobiernos de Corea y Colombia para la firma de un Tratado de Libre Comercio.

Con el fin de incrementar las exportaciones colombianas hacia Corea el Gobierno Nacional busca lograr desgravación inmediata de productos como frutas, cárnicos, cacao, confitería, azúcar, harinas, químicos, ferroníquel y metales ferrosos.

Las relaciones comerciales entre los países han tomado fuerza desde 2009, año durante el cual las Partes negociaron un Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones que se encuentra en espera de ser ratificado por el Congreso Colombiano para su entrada en vigor.

Se espera que para la próxima reunión que se llevará a cabo durante el mes de junio en Seúl, los equipos negociadores finalicen los diálogos y remitan el texto suscrito a cada uno de los Gobiernos para su debida aprobación.

 
     
 

Formato PDF Segunda Ronda de Negociaciones Colombia - Corea »

 
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